martes, 13 de septiembre de 2011

El PLD y los Combustibles Caros


Ing. MSc Pedro Pablo Ramírez  Peña
Hasta la promulgación de  la  Ley 112-00, del 8 de diciembre del año 2000, ley de hidrocarburo, el precio de venta de los combustibles al publico en general se establecían de forma caprichosa, pero sobre todo supeditado a los compromisos de pago de la deuda externa, como ocurrió en el año 1991, cuando el Dr. Joaquín Balaguer presidente de la Republica, estableció por decreto, el diferencial del petróleo como gravamen para la solución del problema del servicio de la deuda externa del país.
En el periodo de gobierno del año 1996-2000, el presidente de la Republica Dr. Leonel Fernández, continuó con la practica de imponer los precios de venta de los combustibles derivados del petróleo de forma caprichosa, sin ningún marco regulador, disponía de un mecanismo de creación de impuestos, que era utilizado para cubrir el déficit fiscal y mantener un gobierno dispendioso.
Con el ascenso a la primera magistratura de la nación del  Ing. Hipólito Mejia Domínguez, se promulga la ley 112-00 de hidrocarburo, siendo uno de los propósitos de esta ley la apertura del mercado de los combustibles de origen fósiles, luego en marzo del año 2001, se emite el decreto 307-01, que crea el reglamento de aplicación de la Ley de hidrocarburo. Como puede observarse la gestión en el área de hidrocarburo del presidente Mejia estuvo  sujeta a los marcos legales anteriormente señalados, y no incurrió en la practica de aplicar impuestos de manera indirecta, ni directa al petróleo y sus derivados.
Con la llegada al poder en el año 2004 del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), comienza nuevamente la practica de establecer de manera caprichosa los precios de los combustibles, además,  de imponer al país dos reformas fiscales con los propósitos de aplicar nuevos impuestos a los combustibles, como fueron la reforma  Ley 557-05, del año 2005, donde se establecía en su articulo 23, en adicción al gravamen de la ley 112-000,  un impuesto selectivo de 13 % ad-valorem, en el párrafo I, se plantea que el precio base para la imposición de este impuesto será el precio de venta fijado por la secretaria de Estado de Industria y Comercio ( hoy Ministerio), mediante resoluciones dictadas semanalmente, en su articulo 25 esta misma ley también gravaba el Gasoil.
Mediante la Ley 495-06, del año 2006, nuevamente el gobierno del Partido de la Liberación Dominicana, encabezado por el presidente Dr. Leonel Fernández, impone nuevos impuestos al petróleo y derivados, en el articulo 30 de esta ley se modifica el articulo 23 de la ley 557-05, con el propósito de incrementar el impuestos selectivo ad-valorem de un 13 % a un 16 %, en su articulo 31, se establecen nuevos impuestos. En la actualidad al petróleo se le aplica con los precios actuales mas de ochenta pesos (RD$80.00) de impuestos a cada galón de gasolina.
 Como podrá verse mientras exista gobierno del partido de la liberación Dominicana (PLD), gobierno costoso y dispendioso para el país,  tendremos petróleo y derivados caros. 

 
 Ing. MSc Pedro Pablo Ramírez  Peña
Miembro del Equipo de Energía del Partido Revolucionario Dominicano (PRD)
Teléfonos: 809-686-9669 y 809-702-0762

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