domingo, 30 de mayo de 2021

Empresario asesinado en La Romana había sido condenado a 94 meses de prisión en EEUU por narcotráfico

Paulino Castro fue extraditado a Estados Unidos en junio del año 2001 por trasiego de cocaína y a Puerto Rico desde la República  Dominicana

Manuel Antonio Vega

LA ROMANA – Mártires  Paulino Castro, uno de los  empresarios asesinados ayer en un confuso hecho registrado en uno de sus negocios, en el sector Villa Hermosa, en La Romana, había sido  extraditado a Estados Unidos desde República Dominicana en el año 2001, donde lo condenaron a 94 meses de prisión por narcotráfico.

Paulino Castro fue hallado culpable de tener nexos con el tráfico de estupefacientes a Puerto Rico, usando a República Dominicana como puente, según determinó el tribunal donde fue juzgado.

Mártires Paulino Castro,  murió junto al también empresario,   Luis Antonio Cordero (Tony), cuando al entrar la noche de ayer fueron tiroteados por desconocidos que se presentaron a un dealer de su propiedad, donde se encontraba.

 En el acto también resultó herido el mayor de la Policía Nacional, Juan Ysidro Aquino Gómez.

Paulino Castro fue hallado culpable de tener nexos con el tráfico de estupefacientes a Puerto Rico, usando a República Dominicana como puente, según determinó el tribunal donde fue juzgado.

Pero en junio del 2018 el juez Reynaldo Vásquez Lora en Santo Domingo  dispuso devolver más de RD$500 millones en bienes muebles e inmuebles incautados a Mártires Paulino Castro, a quien le fueron incautados a raíz de un proceso que culminó con su extradición hacia los Estados Unidos, donde enfrentó cargos por narcotráfico.

Paulino Castro la devolución de 58 títulos de propiedades, como villas, residencias, solares, apartamentos, fincas y locales comerciales, así como 25 vehículos de motor.

El juez de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Pedro Reynaldo Vásquez Lora, acogió un recurso de amparo a favor de Paulino Castro por medio del cual impuso una astreinte de RD$500,000 por cada día que el Consejo Nacional de Drogas, el Comité Nacional de Lavado de Activos y la Oficina de Custodia de Bienes Incautados dejen de cumplir la decisión.

El juez observó para entonces que no existía una sentencia que disponga el decomiso de esos bienes. Consideró que en el caso fueron conculcados el principio de seguridad jurídica y transgredidos los artículos 8 y 13 de la Constitución de la República. Dispone la devolución de los bienes de forma inmediata.

 


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