El Poder Ejecutivo declaró, mediante el decreto 578-10, los días del 24 al 30 del próximo es de noviembre “Días del IX Censo Nacional de Población y Vivienda”, pero aclara que el período de empadronamiento censal no afectará el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. El ejecutivo explica en el segunda artículo de la disposición, que el empadronamiento censal se realizará a nivel nacional durante un período de siete días, y que la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE) adoptará los procedimientos necesarios para su ejecución. Asimismo, en el artículo cuarto del decreto se advierte sobre posibles multas a las personas que se nieguen a suministrar la información necesaria para responder las preguntas contenidas en la boleta censal, aunque no especifica en que consistirían dichas sanciones. Leer Más
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