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HATO MAYOR.- Ante la negativa del Ayuntamiento Municipal de construir el parque del sector Las Malvinas, al norte de Hato Mayor, el diputado del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Cristóbal Castillo, pidió a las autoridades municipales que le permitan hacer la obra con sus propios recursos.
En comunicación dirigida al síndico y los ediles del cabildo de Hato Mayor, el congresista expresa: “Ustedes recuerdan que en la pasada campaña electoral 2010, en la cual fuimos electos por la voluntad popular de nuestras demarcaciones, ofrecimos la terminación del parque del sector Las Malvinas, pero veo que después de 10 meses no se ha comenzado dicha obra”.
Dijo que cada vez que camina los barrios de la parte norte, sus moradores le exigen que le recuerde al síndico Reynato Cruz Tineo, que cumpla su promesa de campaña.
“Por lo cual le solicito a ese honorable institución su autorización, para terminar dicho parque con mis propios recursos, en el menor plazo posible, siempre sujeto a la supervisión de ustedes como autoridades municipales”, concluye la petición del diputado Cristóbal Castillo.
Si el cabildo de Hato Mayor acepta la petición de Castillo Liriano, ya serían dos los parques que le estarían haciendo al cabildo local persona ajena a la corporación edilicias, institución que recibe más de 5 millones de pesos mensuales por concepto de la ley 176-07, de los cuales hay destinados más de RD$2.4 millones para obras.
El cabildo de Hato Mayor de Hato Mayor ha recibido en los 10 meses de gestión que encabeza Reynato de Jesús Cruz Tineo, unos 56 millones de pesos, de los cuales 22 millones debieron haberse invertido en obras, como lo establece el artículo 21 de la Ley 176.07.
El cabildo de Hato Mayor además viola el acápite D que establece que el 4% deberán estar dedicado a programas educativos, de género y salud, sabiéndose que no hay un programa de educación ni se hace nada para mejorar la salud del municipio, cuyas aguas residuales se desparraman por calles y callejones, sin que se vea la intervención del cabildo local.
PUEDEN CAER PRESOS
La violación al artículo 21 de la Ley 176-07 conlleva pena de 2 a 5 años de prisión y de una indemnización de cinco a 20 salarios mínimos y la inhabilitación para el servicio público, prevista por la legislación penal de la República Dominicana.
En el caso que el tesorero y el contralor municipal no denuncien ante las autoridades de control y de persecución competentes, se castigarán como infractores y de acuerdo con la sanción antes mencionada.
Organizaciones comunitarias y profesionales del derecho planean solicitar a la Contraloría General de la República una auditoría, en el entendido de que se estarían dilapidando los recursos municipales.
Para muchos ciudadanos, el cobro de los arbitrios no estaría siendo depositado en las cuentas municipales y en cambio se estarían repartiendo en clientelismo político.
El artículo 20 de la citada ley, en el aspecto de Servicios Municipales, establece que es una obligación del cabildo dar mantenimiento y construcción de calles, aceras y contenes y caminos vecinales.
También es una obligación, que lo establece la ley en su artículo 20 que el cabildo tiene que construir plazas, parques públicos, bibliotecas, instalaciones deportivas, mataderos, mercados, defensa del medio ambiente.
Aunque estos lo establece la Ley, los barrios viven abandonado y las aguas se desparraman por doquier, mientras que el parque quiere el diputado se lo dejen para hacerlo, es revolcadero de burro y se llena de agua cuando llueve.
Se dice que en el cabildo local hay un desorden en el manejo de los recursos, lo que no le permite a las autoridades emprender obras para beneficiar a los residentes en los barrios.
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