martes, 23 de agosto de 2022

Sentencia ordena destituir encargado de Recaudación cabildo La Romana


 Sentencia ordena destituir encargado de Recaudación cabildo La Romana 

Manuel Antonio Vega 

LA ROMANA.- La Cámara Civil del Departamento de Justicia en La Romana decretó por sentencia que sea destituido del cargo el encargado de recaudaciones del cabildo, por no ser un profesional o contador público autorizado.
La sentencia número 459-2022 decreta la destitución inmediata del señor Francis Severino contra el cual se querelló el periodista Elpidio Tolentino, por medio del abogado Wanchy Medina, quien dijo que la sentencia declara nula el acta de sesión  14 del 2020 que nombra al señor Francisco Severino Nolasco como Encargado de Recaudaciones del Ayuntamiento de La Romana.
La Primera Cámara Civil y Comercial, presidida por la magistrada Karuchi Sotero Cabral, declaró la nulidad del acto administrativo identificado como acta de sesión ordinaria número 13-2020 de fecha 25 de mayo 2020 del Concejo de regidores del ayuntamiento municipal de La Romana, específicamente lo relativo al punto 3 de dicha acta referente al nombramiento del señor Francisco Severino Nolasco como encargado del departamento de recaudaciones del Ayuntamiento Municipal de La Romana.
La Sentencia marcada con el número 0195-2022-SCIV-00450 se produce con motivo del recurso contencioso administrativo municipal interpuesto por el periodista Elpidio Tolentino Garrido, teniendo como abogado al licenciado Jesús Antonio Medina Rivera en contra del Ayuntamiento Municipal de La Romana y Juan Antonio Adames Bautista (Tony) en calidad de Alcalde, teniendo como abogados constituidos el Ayuntamiento a Darío Aponte y Juan Manuel Mercedes.
Se recuerda que en fecha 07 de julio de 2021 fue depositada a través del Centro de Servicio Presencial del Palacio de Justicia de La Romana, la instancia introductoria del presente recurso y en fecha 6 de agosto de 2021 el tribunal dictó el auto número 0195-2021-TADM-00153, mediante el cual se ordenó la comunicación de la instancia contentiva del Recurso Contencioso Administrativo-Municipal al Ayuntamiento Municipal de la Romana y su alcalde, Juan Antonio Adames Bautista, así como al Concejo Municipal de La Romana y al señor Francisco Severino Nolasco, a los fines de que produzca su propia defensa, tanto sobre los aspectos de forma como de fondo, en un plazo que no excediera a 30 días a partir de la comunicación de la instancia en cuestión.
Tolentino y Medina sustentaron su demanda en el hecho de que en fecha 7 de mayo de 2021 el ayuntamiento remitió el acta de sesión No. 13-2020, del Concejo de Regidores, mediante la cual aprobó el nombramiento de Francisco Severino Nolasco (Doctor Francis), posición que debe ser ocupada por un licenciado en contabilidad, en virtud de lo que establece la norma, siendo que el nombrado es de profesión abogado y por tanto no cumple con el prerrequisito que impuso el legislador, en el sentido de que la misma debe ser ocupada mínimo por un contable.
La Magistrada Karuchi Sotero Cabral  estableció que habiendo comprobado que “el recurso que ahora nos apodera ha sido interpuesto conforme a los cánones que gobiernan la materia, procede ser declarado regular y válido ya que ha sido interpuesto en tiempo hábil conforme al artículo 5 de la referida l,ey numero 13-07. 
Tanto el Periodista Elpidio Tolentino Garrido como el abogado apoderado Jesús Antonio Medina (Wanchy), señalaron que la acción incoada solo persigue el cumplimiento de la Ley y que no se puede permitir que personas lleguen a las instituciones a violar las disposiciones legales y quienes tienen que ser garantes de esas leyes, como son los Regidores y este caso, pasen por alto ese tipo de situaciones.
De su lado, el Ayuntamiento Municipal de La Romana y su alcalde Juan Antonio Adames Bautista (Tony) solicitaron el rechazo del recurso bajo el argumento de que “el nombramiento no ha causado agravio, el accionante no tiene un interés legítimo, el artículo 157 de la Ley 176-07 deja abierta la posibilidad de que el cargo lo ocupe otro profesional diferente a un c

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