martes, 8 de mayo de 2018

Jueza y periodistas llegan a acuerdo en Hato Mayor

HATO MAYOR.- El juez de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Hato Mayor, Francisco Arias, aplazó para el martes 5 de junio la audiencia de conciliación en la demanda de la juez Jazmín Varela Astacio contra los periodistas Manuel Antonio Vega y Willy Peguero, por supuesta difamación e injuria.
La decisión de aplazamiento se produce, luego que la parte demandante y los acusados de supuesta difamación e injuria decidieran conciliar, para dejar sin efecto la demanda.

Luego de aplazada la audiencia, la juez autorizó a su abogado, José Altagria Fis Batista, reunirse y conciliar con los abogados y sus representantes, quienes decidieron dar a conocer la aclaración de la magistrada, de que ella actuó apegada al derecho y las pruebas presentadas por el Ministerio Público.
La decisión de las partes será comunicada el martes 5 de julio por ante el juez Francisco Arias quien validará el acierso suscrito.
En medio de la audiencia, el juez Francisco Arias, perimitió a hablar a la magistrada Jazmín Varela Astacio, quien aclaró que ella procesó a la mujer por robo asalariado y no por el robo de un pica pollo, como dio a conocer la información el comunicador Willy Peguero, corresponsal de Antena Latina 7.
Explicó que dictaminó apegada a los elementos de pruebas o presupuestos del Ministerio Público en cuanto al robo asalariado.
Asimismo aclaró que en  cuanto a los  acusados por el alegado tumbe de drogas, dijo que dejó en libertad a los imputados por ser pobre los presupuestos del Ministerio Público, aunque impuso una  prestación de fianza económica a uno de los imputados consistente en RD$50,000.00 en la modalidad en efectivo.
La juez Varela Astacio, aprovechó para aconsejar a la prensa a obtener la información correcta, “porque tienen que haber límites dentro del periodismo”.
Consideró que la noticia del “Pica Pollo” salió errónea desde abajo y que le afectó muchos, porque en las redes sociales se iniciaron comentarios negativos que dañaban su reputación y su buen nombre como funcionaria judicial.

1 comentario:

  1. El alegato de la magistrada me parece una cantinfleada. En otras palabras, no tiene lógica jurídica. La existencia de un robo asalariado implica que un empleado le robe a su empleador en la empresa. Si la imputada robó un picapollo en el restaurante donde ella trabaja y la magistrada acoge la petición del ministerio pùblico, quien con sus presupuestos (querella del empleado, constancia de que la mujer y es su empleada y evidencia del robo) sustenta como robo asalariado, entonces, la magistrada la juzgó por el robo del picapollo. A menos que haya robado otra cosa.
    El empleador pudo haber hecho uso del Art. 88 del código laboral, el cual contempla el despido justificado en esos casos.
    Ojo. El robo asalariado es un delito penal económico serio, la pena oscila entre 3-10 años de prisión (Art. 386 inciso 3 CP).

    Manuel, no creo que hayas difamado. Más bien, lo que ocurrió fue un rechazo generalizado a la decisión de la magistrada.
    Me parece que haces bien al tratar de conciliar. La conciliación es una gran alternativa a la disputa. Buena suerte!🍀

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