Condenan sacerdote a 15 años de prisión
La Fiscalía del Distrito solicitó una sanción de 20 años para el padre EspinalSANTO DOMINGO. El Tercer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional condenó a 15 años de prisión al padre Domingo Espinal, tras hallarlo culpable de violar a un menor de 14 años, en el sector El Invi, en la carretera Sánchez.
Los jueces Alina Mora, presidenta, Evelin Torres y Ramón Atilas multaron al sacerdote con RD$100,000.
El fiscal adjunto Carlos Vidal Montilla había solicitado una sanción de 20 años de reclusión para el imputado.
En septiembre del 2006, Espinal había sido declarado no culpable de las acusaciones de violación, pero la misma fue anulada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación, en mayo del 2007, que ordenó la celebración total de un nuevo juicio.
Espinal fue sometido en agosto del 2003 por la madre del menor, luego que la Procuraduría General de la República rindiera un informe exculpándolo de la responsabilidad en el hecho.
La Procuraduría decidió desestimar la querella bajo el alegato de que no había base legal, además de que los padres del menor "actuaron de manera irresponsable al abandonarlo y colocarlo en una condición de vulnerabilidad".
Sin embargo, ante el depósito de una querella de los padres del menor, la jurisdicción de la Instrucción ordenó su envió a juicio, por encontrar "indicios serios, graves, precisos y concordantes, que comprometen su responsabilidad penal".
Los jueces Alina Mora, presidenta, Evelin Torres y Ramón Atilas multaron al sacerdote con RD$100,000.
El fiscal adjunto Carlos Vidal Montilla había solicitado una sanción de 20 años de reclusión para el imputado.
En septiembre del 2006, Espinal había sido declarado no culpable de las acusaciones de violación, pero la misma fue anulada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación, en mayo del 2007, que ordenó la celebración total de un nuevo juicio.
Espinal fue sometido en agosto del 2003 por la madre del menor, luego que la Procuraduría General de la República rindiera un informe exculpándolo de la responsabilidad en el hecho.
La Procuraduría decidió desestimar la querella bajo el alegato de que no había base legal, además de que los padres del menor "actuaron de manera irresponsable al abandonarlo y colocarlo en una condición de vulnerabilidad".
Sin embargo, ante el depósito de una querella de los padres del menor, la jurisdicción de la Instrucción ordenó su envió a juicio, por encontrar "indicios serios, graves, precisos y concordantes, que comprometen su responsabilidad penal".
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